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Finanzas personales

¿Quiénes pertenecen al Régimen Común en el 2018?

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RÉGIMEN COMÚN 2018

En Colombia, las responsabilidades, obligaciones y prohibiciones tributarias relacionadas con el impuesto sobre las ventas se asignan dependiendo del régimen al cual pertenecen las personas o entidades. Existen dos regímenes tributarios, estos son: El régimen común y el régimen simplificado. ABCFinanzas.com le cuenta a continuación todo lo que debe saber con relación al régimen común, y que incluye las modificaciones consideradas en la Reforma Tributaria del año 2016.

¿QUÉ ES EL RÉGIMEN COMÚN?

El régimen común es una clasificación de responsabilidades tributarias, al cual pertenecen las personas jurídicas o sociedades de hecho que vendan o presten servicios gravados con IVA, del mismo modo, las personas naturales comerciantes y los artesanos mayoristas. También pertenecen al régimen común:

  • Los usuarios aduaneros, cuando las operaciones de comercio exterior realizadas tengan relación de causalidad con actividades económicas gravadas.
  • Advertisement

Además, las personas naturales:

1. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales, provenientes de la actividad, iguales o superiores a 3500 UVT del año anterior (Unidades de Valor Tributario). Es decir que para pertenecer al régimen común en el año 2018, deben considerarse 3500 UVT del año 2017, es decir $ 111’507.000.

2. Que tengan dos o más establecimientos comerciales, oficinas, locales, sedes o negocios donde ejerza su actividad.

3. Que en los establecimientos de comercio se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otra modalidad que implique explotación de intangibles.

4. Que hayan celebrado en el año inmediatamente anterior, o en el año en curso, contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.500 UVT. Es decir que el régimen común en el año 2018 se rige por las siguientes condiciones:

  • Contratos individuales en el año 2017 iguales o mayores a: $ 111’507.000.
  • Contratos individuales en el año 2018 iguales o mayores a: $ 116’046.000.

5. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior, o durante el año en curso, supere la suma de 3.500 UVT. Es decir que el régimen común en el año 2017 se rige por las siguientes condiciones:

  • Consignaciones o depósitos en el año 2017 mayores a: $ 111’507.000.
  • Consignaciones o depósitos en el año 2018 mayores a: $ 116’046.000.

Para los requisitos que la norma señala como del año anterior, se toma como referencia el UVT del 2017 que es de $31.859 y para los requisitos donde la norma se refiere al año en curso, se toma el Uvt vigente para el 2018 que es de $33.156.

Ingeniero Industrial, especialista en Logística, Cadena de Abastecimiento, Marketing de contenidos, Finanzas y presupuestos. Co-fundador de abcfinanzas.com y Fundador del sitio web ingenieriaindustrialonline.com.

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Consumo inteligente

Retiros gratuitos de cuentas de ahorros

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Retiros gratuitos de cuentas de ahorros

El xx de diciembre de 2017 la presidencia de la República de Colombia sancionó la Ley xxxx, por medio de la cual se obliga a los establecimientos de crédito a fijar, al menos, un canal gratuito para efectuar retiros de recursos captados a través de contratos de depósito en cuentas de ahorro.

Para los autores de la ley:

“la actividad financiera es enormemente lucrativa, lo que justifica que a los ahorradores -que son el sostén del crecimiento de la banca colombiana- no se les cobre por el retiro de sus depósitos”

El contenido de la Ley, por la cual se dictan medidas relacionadas con los contratos de depósito de dinero en cuentas de ahorro con depósitos mensuales inferiores a 3 smlmv.

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Artículo 1°. Los establecimientos de crédito deberán ofrecer a todos los titulares de cuentas de ahorro con depósitos mensuales iguales o inferiores a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), a título gratuito, al menos una forma, segura y sin limitación de montos, de retiros electrónicos. Los establecimientos de crédito ofrecerán para estas cuentas de ahorro, la posibilidad de efectuar mínimo dos (2) retiros en cajeros automáticos y una consulta de saldo mensuales a título gratuito.

Parágrafo. La Superintendencia Financiera velará por el cumplimiento de este deber legal por parte de los establecimientos de crédito y dará prelación al trámite de las quejas que se presenten por su incumplimiento.

Artículo 2°. La presente ley rige desde su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

En la actualidad, cualquier banco o entidad financiera le puede estar cobrando un determinado porcentaje al cuentahabiente por cada retiro que este haga de su cuenta de ahorros, incluso dentro de la red de cajeros de la propia entidad. También se le cobra al usuario por la libreta o el talonario que requiera el cliente para sus retiros.

Con la entrada en vigencia de esta nueva Ley, las entidades financieras deberán ofrecer alternativas  para que el usuario haga retiros de su cuenta de ahorros sin que esto tenga valor o deba cancelar algo por ello, incluso sin que esa libreta o talonario le cueste.

Vale la pena considerar que la Superintendencia Financiera será la que vele por el cumplimiento de esta norma.

Cobros por retiros en cajeros automáticos

Estos son algunos de los cobros que realizan las entidades financieras al momento de retirar dinero por medio de los cajeros electrónicos:

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Conceptos básicos financieros

Modificación de créditos según circular externa 026

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¿En qué consiste la modificación de créditos?

Según la circular externa 026 de la Superintendencia financiera de Colombia, la persona que tenga un crédito en una entidad financiera podrá realizar una solicitud de modificación de créditos, la cual consiste en realizar una ampliación de plazo que disminuya la cuota y que esta por supuesto esté acorde a la nueva capacidad de pago del cliente, el beneficio radica en que este cambio no le generará de inmediato una marca de reestructuración en las centrales de información.

Requisitos para acceder a la modificación de créditos:

Si usted está pasando por una situación económica que le impide cumplir con el pago de su obligación, puede solicitar la modificación de créditos para que le amplíen el plazo y de esta manera le disminuya su cuota, tenga en cuenta que debe cumplir con los siguientes requisitos para acceder a este alivio financiero:

  • Si tiene un microcrédito o un crédito de consumo no puede estar en mora por más de 60 días, si tiene un crédito de cartera comercial no puede estar en mora por más de 90 días. Dicho atraso o mora tuvo que haberse registrado en los últimos 6 meses con corte al cierre del mes anterior. Esto quiere decir que si hoy 13 de septiembre está solicitando la modificación de créditos, la entidad financiera tomará como corte el 31 de agosto, analizando de esta manera los últimos 6 meses (Febrero – agosto), tiempo en el cuál debió presentarse el atraso para que pueda cumplir con este requisito.
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  • Debe estar de acuerdo con la modificación a realizarse en el crédito, la cual consiste en que debe disminuir la cuota.
  • Debe tener capacidad de pago, es decir que demuestre que tiene como responder a la nueva cuota que le quedará.
  • El crédito que se está solicitando modificar no puede ser un crédito ya reestructurado o que tenga dicha marca en las centrales de riesgo.

¿En qué consiste la reestructuración del crédito?

Según la circular externa 026 de la Superintendencia financiera de Colombia, si el titular del crédito no puede sustentar la fuente de pago o no tiene como responder a la nueva cuota (en caso que se le esté validando la opción de modificación), el alivio será a través de reestructuración. Tenga en cuenta que un crédito se puede reestructurar máximo hasta 2 veces en toda su vigencia, con 6 meses de tiempo entre dichas reestructuraciones. En este orden de ideas, la diferencia que existe entre la modificación de créditos y la reestructuración es que esta última genera una marca de «reestructuración» en centrales de riesgo, lo que significa que si usted intenta adquirir un crédito o servicio en una entidad que consulte o valide su información en las centrales de información, encontrarán que actualmente usted tiene un crédito reestructurado, lo que puede interpretarse como problemas de liquidez y posiblemente dicha entidad le niegue la solicitud por ver en usted un riesgo de impago.

También le puede interesar: centrales de riesgo.

¿Cuándo se otorga el alivio por modificación de créditos o reestructuración?

En los casos que usted acuda a la entidad financiera a solicitar un alivio o solución a sus problemas de atraso en la cuota del crédito, la primera opción siempre será la de modificación de créditos, por el beneficio de no quedar marcado en las centrales de riesgo. Es decir que si usted intenta adquirir un crédito o servicio en una entidad que consulte o valide su información en las centrales de información, encontrarán que actualmente usted tiene un crédito que paga sin inconveniente, y posiblemente en este caso dicha entidad le apruebe la solicitud porque se refleja un buen comportamiento de pago. De igual forma, tenga en cuenta que la entidad podrá efectuar la modificación de créditos siempre y cuando cumpla con los requisitos mencionados anteriormente.

Para los créditos que tienen un codeudor, si el titular de la obligación no tiene capacidad de pago para responder a dicha modificación, pero quien aporta el dinero es el codeudor que sí tiene la capacidad de responder, el alivio en este caso siempre será reestructuración, así el codeudor esté involucrado en la cuota del crédito. El análisis financiero siempre deberá ser el del titular del crédito, no puede ser reemplazado en el análisis por los datos del codeudor.

Lea también: Refinanciación de un crédito.

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Finanzas personales

¿Cómo clasificar tus gastos personales?

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En este artículo aprenderá a cómo clasificar tus gastos personales para que tenga claridad de estos y logre tener un mayor control. Tenga en cuenta que el control de sus gastos es un elemento poderoso dentro de sus finanzas personales, para que logre un bienestar y tranquilidad en su vida financiera.

Dentro de tus finanzas personales existe una herramienta elemental que no te puede faltar indudablemente para que lleves una vida financiera tranquila, este es el presupuesto, donde se clasifican elementos como los ingresos que recibes mes a mes, las deudas, obligaciones, ahorro y gastos que debes asumir. Por consiguiente, los gastos se convierten en el elemento más importante dentro de tu presupuesto, porque si tienes claro y conoces cuáles son tus gastos, probablemente podrías controlar lo que has planteado en tu presupuesto y de esta manera cumplir lo determinado en este.

En el siguiente artículo le explicamos cómo realizar un presupuesto personal: Pasos para realizar un presupuesto personal.

¿Cómo se clasifican tus gastos personales?
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Si logras conocer e identificar cómo clasificar tus gastos personales podrás controlarlo más fácilmente y cumplir con lo que has planteado en tu presupuesto. Los gastos se clasifican de 3 formas:

  • Gastos fijos:

Los gastos fijos son aquellos necesarios, que están presentes en el día a día y que tú requieres para poder subsistir y responder a tus necesidades básicas. Al decir que son necesarios para tu supervivencia no quiere decir que no se pueda hacer nada para controlarlos, lo que se quiere decir es que debes igualmente realizar un análisis previo para revisar si algunos de esos gastos se pueden eliminar, y en caso de no poder eliminarlos entonces poder reducirlos. Ten en cuenta que cuando tienes un presupuesto de gastos reducido estás logrando trabajar en reducir endeudamiento o generar más ahorro con el dinero que sobra al recortar dichos gastos. De esta manera los gastos fijos se convierten en el elemento más importante dentro de tu presupuesto para que aprendas a cómo clasificar tus gastos.

Aprenda con el siguiente artículo a cómo distribuir sus ingresos: La ecuación financiera personal. 

  • Gastos variables:

Los gastos variables son aquellos gastos que se presentan en los meses pero que de alguna manera se podría prescindir de ellos. Por esta razón es importante que dentro de tu presupuesto, identifiques cuáles son esos gastos variables para que o bien puedas eliminarlos o puedas reducirlos.

  • Gastos ocasionales:

Los gastos ocasionales son aquellos que se presentan una o dos veces al año, como el pago del semestre de la universidad, el seguro de tu vehículo, impuestos, entre otros.

ABCFinanzas.com le recomienda que revises cuál es tu estructura de gastos, para que analices si están pesando demasiado dentro de tu presupuesto, y en caso de que estén pesando mucho, debes reducirlos un poco, porque los gastos tienen la tendencia a subir cada vez más y el ingreso a ser lineal. Por consiguiente si los gastos tienden a subir en el tiempo y los ingresos a ser lineales, debes estar atento a saber que vas hacer en el futuro para que no afectes tu bienestar financiero. Por esta razón siempre es recomendable trabajar con una estructura de gastos bastante ajustada porque por sí solos irán creciendo en el futuro, y si sabes que van a crecer, podrás irte preparando, por eso utiliza una herramienta financiera como lo es el presupuesto, el cual te ayudará increíblemente para que planees tu vida financiera y con seguridad no tendrás problemas financieros con el tiempo.

Sigue fortaleciendo tus finanzas personales en el siguiente artículo: Consejos para manejar tus finanzas.

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